¿Quiénes deben emitir comprobantes de pago electrónicos a partir del 2021?

El último 30 de diciembre del 2020, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) amplió el plazo límite para los nuevos emisores electrónicos.

La Resolución de Superintendencia N° 00221-2020-Sunat describe que los contribuyentes con ingresos sean mayores a 23 UITs y menores a 75 UITs ya no tendrán como límite para la incorporación el 1 de enero de 2021, sino será el 1 de septiembre de 2021.

Asimismo, la resolución mencionada abarca a las empresas que generen ingresos menores a 23 UITs durante el año. Inicialmente este conglomerado de empresas debía iniciar con los comprobantes de pago electrónicos desde el 1 de julio de 2021, sin embargo ahora la nueva fecha límite es el 1 de enero de 2022.

La mencionada entidad ha tomado estas medidas debido a la coyuntura económica que afronta el país. Por lo cual ha decidido que las empresas destinen sus recursos a la reactivación de sus organizaciones.

¡A tomar en cuenta este nuevo cronograma! Según la Sunat, el avance de la masificación de los CPE permitirá que al 2021, el 95% de los contribuyentes usen las facturas y boletas de venta electrónicas.

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presla

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13 julio, 2021

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